Para García Jurado alguien deberá pagar por la muerte de los esposos De Nardi
20/10/2010 |El juez de Instrucción intenta determinar si en el accidente que costó la vida a las dos personas que habitaban en la casa de calle Eva Perón, en Larroque, hubo responsabilidades penales o si fue un hecho fortuito, que puede dar lugar a una demanda civil. La decisión judicial estaría próxima.
El juez de Instrucción N° 1, doctor Eduardo García Jurado, que tiene a su cargo la causa por la muerte del matrimonio larroquense, está tratando de desenmarañar ese entramado y se tomará dos meses para definir qué hace con este caso.
En declaraciones al Periódico “Acción” de la vecina localidad, explicó que “estamos muy cerca para decidir si avanzamos con la causa en una investigación penal o si se debe archivar por entender -como hipótesis- que no hay delito penal por tratarse de un caso fortuito, en cuyo caso la responsabilidad sería civil. Yo estoy viendo si hay responsabilidades penales, pero la causalidad acá es compleja”, evaluó.
El magistrado también aclaró que él se hizo cargo de la causa el 9 de junio pasado y que el expediente llegó a sus manos -remitido por el ahora camarista doctor Javier Cadenas (en la Cámara del Crimen de Gualeguay)- “por compensación interna de los juzgados”. Respecto de lo actuado en el último tiempo comentó que “estoy tomando declaraciones testimoniales y ratificando pericias que se hicieron”.
Entre esos testimonios ratificados en la sede judicial, están los del intendente municipal de Larroque y del secretario de Gobierno. Además detalló que se ratificaron y ampliaron las pericias de bomberos y GAS NEA, que pidió ampliación de informes y que en ese sentido aún está pendiente la ratificación de parte del ENARGAS.
El eje de la discusión
En sus expresiones, el doctor García Jurado enumeró algunos elementos que integran la causa: “Hay un problema de operarios de la Municipalidad que estaban haciendo un trabajo y hay un problema de una instalación de GAS NEA”.
Sin embargo opinó que la discusión se centra “por dónde pasa el caño de gas y por dónde pasaba el caño del desagüe cloacal”.
También admitió que por cronología de sucesos (la cloaca se instaló casi 30 años antes que el gas) se puede deducir cuál caño interrumpió al otro, pero se preguntó: “¿Es elemento suficiente para que yo tome una actitud penal?”, tras lo cual deslizó las hipótesis de que los responsables serían: de la Municipalidad que trabaja y lo hace sin las previsiones del caso, o de quien instaló las cañerías, o de quien se hizo cargo y se le puede agregar el ingrediente de quién fiscalizó la obra”.
De todos modos remarcó: “No puedo adelantar cuál es la decisión pero sería, o archivar la causa desde el punto de vista penal, habiendo hecho las pruebas suficientes para llegar a un estado de satisfacción en cuanto a que no puedo avanzar, porque avanzar penalmente significaría reprochar a los operarios y a los gerentes de la Municipalidad, y/o a quien puso la instalación de gas de manera no responsable, y eso es complejo desde el punto de vista penal”. En dos meses sabremos cómo sigue la instancia judicial.
“Siempre hay responsabilidades…”
García Jurado fue hermético respecto del futuro de la causa penal el cual definirá en el plazo de dos meses, pero de sus palabras se podría llegar a interpretar que será en la justicia civil donde este caso definirá responsabilidades y no en la penal donde seguramente será archivada. Una de esas expresiones fue: “Siempre hay responsabilidades, acá alguna responsabilidad civil hay, para decir de manera sencilla y popular: alguien tendrá que pagar por estas muertes, desde el punto de vista económico, eso es derecho civil”.
Asimismo subrayó que “está investigando si hay mayores responsabilidades, más profundas, más graves, que son las penales, en este caso, si hubo negligencia de la Municipalidad, negligencia de GASNEA o de los operadores del sistema de gas; y una negligencia que sea clara y terminante”.
Agregó el magistrado que “en principio hay una convergencia de acciones u omisiones que dificulta la reprochabilidad penal pero queda el derecho a cobrar una indemnización por estas lamentables muertes”.
Finalmente, el doctor Eduardo García Jurado reiteró que si ratifica lo actuado, en el término de dos meses estará en condiciones de decir: Ha en la persecución penal o digo hasta acá llego, no puedo avanzar más porque no hay claridad en cuanto a responsabilidades y, de todas maneras, toda esta prueba es muy valiosa para las demanda civil, si ésta se produce”.
Fuente: AL.
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