La CARU estableció una nueva veda para la pesca en el río Uruguay
04/03/2022 |La veda implica pesca comercial, deportiva y artesanal en horario nocturno, en el bajo río Uruguay; y durante las 24 horas los sábados y domingos; la decisión regirá hasta el 31 de diciembre.
Para proteger el recurso ictícola del río Uruguay, la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) estableció una veda para la pesca comercial, deportiva y artesanal en horario nocturno y también para la pesca comercial y artesanal durante las 24 horas de los sábados y domingos hasta el 31 de diciembre. La decisión está avalada por informes científicos de los asesores de los Estados parte.
La Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) dispuso la publicación de la Resolución Nº 06/22, que define nuevos alcances para la veda de pesca en el río Uruguay, la cual ya comenzó a regir a partir de las publicaciones en el Boletín Oficial de la República Argentina y el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.
Estas decisiones en torno a la protección de los recursos vivos del río, se tomaron ante la continuidad de la bajante sostenida en la totalidad de la cuenca del Plata, que se viene registrando desde 2019, y considerando que en la cuenca del río Uruguay se prevén condiciones deficitarias de precipitaciones pluviales para los próximos meses lo que indica una alta probabilidad de continuidad de la fase negativa de “La Niña” y que, por tanto, se continúen registrando niveles hidrométricos inferiores a los normales.
Ambas situaciones –bajante sostenida y escasas precipitaciones- constituyen una amenaza potencial para las poblaciones de peces en general y para las especies de interés comercial y deportivo en particular.
La mencionada resolución indica en su primer artículo que “se establece la veda de pesca comercial, deportiva y artesanal en horario nocturno, en el bajo río Uruguay” y el Artículo 2° establece la “veda de la pesca comercial y artesanal durante las 24 horas de los días sábados y domingos”. La resolución tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022. Esta resolución aplica a la jurisdicción de CARU, es decir, desde la desembocadura en el Río de la Plata hasta el kilómetro 498 donde finaliza la frontera entre Argentina y Uruguay.
Estas disposiciones no se aplican a la pesca con fines de subsistencia y la de investigación, requiriéndose para este último supuesto, la previa autorización de CARU. Además, se mantiene la prohibición de pesca en todas las modalidades en la zona definida por la Resolución N° 29/07, a la altura de Puerto Yeruá.
Según explicaron los asesores de la Subcomisión de Pesca de CARU, avalados por informes científicos, señalaron que se cuenta con abundante evidencia en el sentido de que en situaciones de esta naturaleza (bajante sostenida y escasez de lluvias), la actividad reproductiva de los peces es baja. Ante la actual situación de disminución de los ambientes que favorezcan la reproducción, se prevé una merma en la sobrevivencia de los peces jóvenes. Esta situación de bajos ingresos de peces juveniles, durante dos o tres años de manera consecutiva, podría verse reflejada en la pesquería en los próximos dos o tres años.
A ello debe sumarse que la bajante pronunciada y sostenida en los niveles del río, expone a los peces a un mayor estrés y mortalidad natural, así como a la de una mayor vulnerabilidad a su captura. Por lo antedicho, se observa necesario continuar con las medidas de protección adicionales para la conservación de la fauna ictícola.
DIARIO EL ARGENTINO mantendrá absoluta confidencialidad de los datos personales brindados por nuestros visitantes. Los servicios de información por correo electrónico que ofrecemos se realizan con el expreso consentimiento de los usuarios.
El mensaje enviado por el Usuario del Servicio y su contenido es de única y exclusiva responsabilidad civil y penal de quien lo envió y/o utilizó.
Este diario no garantiza la veracidad de los datos personales y/o contenidos de cada mensaje efectuados y/o publicados en los Servicios por el Usuario.
NO está permitido:
1. utilizar lenguaje vulgar /obsceno, discriminatorio y/u ofensivo o Está prohibido todo tipo de ataque personal contra Usuarios de los Servicios y/u otros terceros, mediante acoso, amenazas, insultos.
2. No está permitido avergonzar o hacer cualquier otra cosa no deseada a otro/s Usuario/s de los Servicios ni a otros terceros. No se permite todo acto contrario a las leyes, moral y buenas costumbres.
3. Está prohibido publicar mensajes agraviantes, difamatorios, calumniosos, injuriosos, falsos, discriminatorios, pornográficos, de contenido violento, insultantes, amenazantes, instigantes a conductas de contenido ilícito.
4. Está prohibido publicar mensajes que puedan afectar la sensibilidad del resto de los usuarios y/o de cualquier tercero.
5. Está prohibido citar material que constituya propiedad intelectual de terceros, sin mencionar su fuente o autor.
6. Está prohibido afirmar hechos de otros usuarios o terceros sin tener prueba concreta.-
Finalmente, los usuarios aceptan expresamente la remoción de cualquier comentario publicado en el sitio, que viole el presente reglamento, todo ello no podrá ser considerado como un acto de censura."
Policiales
- Contrabando de miel
- La miel estaba acondicionada en 36 bidones con un peso total de 2.740 kilos. Hay tres detenidos.
- Preocupa la seguridad de Ricardo Luciano, quien denunció la trama de la arena silícea
- Un colectivo de organizaciones sociales, políticas y ambientales de Entre Ríos firmaron una carta dirigida al gobernador Bordet para solicitar protección para Ricardo Luciano, quien viene denunciando el extractivismo de arena silícea en la provincia.
- Expolicía con perpetua por un asesinato quedó libre y cayó en Corrientes por narcotraficante
- Heraldo Federico Osuna ejecutó a un distribuidor para robarle, en Colón. Estaba con libertad condicional cuando cayó con droga en Corrientes.
