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Jueves 9 de Abril de 2026

Riganti vetó el convenio que incorporaba treinta terrenos al patrimonio municipal

Riganti vetó el convenio que incorporaba treinta terrenos al patrimonio municipal

19/09/2013 |El intendente de Larroque, Raúl Riganti vetó ayer las ordenanzas y resoluciones que aprobaron el convenio entre este Municipio y los particulares sobre la incorporación de treinta terrenos al banco de tierra municipal.

Así el convenio convalidado por el Concejo Deliberante quedó sin efecto, debido a una solicitud que presentaran los particulares días anteriores aduciendo la afectación de su buen nombre tanto en lo personal como en el ámbito familiar y la repercusión injuriosa en algunos casos, lo que consideran una situación netamente política.
El Decreto Nº 0460/2.013 del Poder Ejecutivo Municipal señala que visto las Ordenanzas Nº 021/2013 H.C.D. y 022/2013 H.C.D. y la Resolución Nº 027/2013 H.C.D., todas de fecha 4 de septiembre del corriente año y considerando que se ha presentado en este Municipio una nota de fecha 12 de Septiembre de 2013, enviada por el Sr. Gerardo Mario Kneeteman y por la Sra. María Carolina González, quienes en su carácter de propietarios del predio a donar en favor del Municipio solicitan se deje sin efecto la misma debido a la afectación de su buen nombre tanto en lo personal como en el ámbito familiar y la repercusión injuriosa en algunos casos, lo que consideran una situación netamente política.
Si bien se considera que hubiera sido una solución habitacional para la localidad, el Ejecutivo decidió respetar la decisión tomada por los particulares, dejando sin efecto en consecuencia el convenio oportunamente firmado.
En otros considerandos de la decisión, el decreto señala que que, es habitual de esta Gestión respetar las decisiones de los vecinos y de esa forma cuidar el buen nombre de las familias larroquenses, y que es atribución de este Departamento Ejecutivo Municipal vetar totalmente las disposiciones que apruebe el Honorable Concejo Deliberante Municipal, conforme lo prevé la Ley 10027 y sus modificatorias –Nueva Ley Orgánica de Municipios de la Provincia de Entre Ríos– en su artículo 107º, Inciso c.

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