Intiman a emprendimientos turísticos por no cumplir la Ordenanza 043/12
07/01/2013 |Desde el año pasado rige en Pueblo General Belgrano la Ordenanza Nº 043/2012 que establece una serie de requisitos tendientes a regular la actividad turística de la ciudad. Hace unos días, inspectores del Departamento Ejecutivo realizaron 60 intimaciones a emprendimientos turísticos que no presentaron la documentación exigida por la norma.
Esta nueva Ordenanza -que posee fecha 7 de agosto- derogó las normativas existentes y adhirió a la Ley Nº 7360 de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Entre Ríos, el decreto ley Nº 7205; sus modificatorias; y 5089/87; el decreto Nº 3177 y el decreto reglamentario N°117/2010.
Los considerandos de la normativa hacen énfasis en “que es necesario contar con una normativa acorde al crecimiento turístico. Que la falta de una normativa actualizada conspira en que se produzcan abusos con los turistas. Que Pueblo General Belgrano cuenta con una gran plaza de alojamientos y para seguir brindando un buen servicio es necesario que el mismo este regulado y que este municipio debe ejercer con plenitud el poder de policía y facultades de planificación, promoción y difusión de acuerdo a los objetivos a seguir”.
Según explicó a EL ARGENTINO, el titular de Turismo de Pueblo General Belgrano. Yari Colombo, “la Ordenanza daba tiempo a quienes poseen emprendimientos turísticos hasta el 2 de enero para la presentación toda la documentación necesaria de manera voluntaria. Llegado el 2 de enero fueron más de 40 complejos de bungalows y cabañas los que presentaron la documentación al municipio pero quedaron muchos sin ir”.
A raíz de este incumplimiento, durante los días 3 y 4 de enero, inspectores municipales labraron más de 60 intimaciones a los complejos y a las casas de familia que alquilan alojamiento de turistas.
En este sentido, Yari Colombo destacó que “muchos complejos indicaron desconocer la Ordenanza, pero desde el Municipio se notificó la nueva normativa a los complejos que en agosto estaban funcionando y luego se publicó en la Página web del municipio (www.pueblobelgrano.gov.ar)”.
Esta intimación da un plazo de diez días más a los propietarios de complejos para regularizar la documentación. ”Pasados esos diez días, quienes no lo hagan serán pasibles de recibir una multa y luego, de continuar con la irregularidad, seguiría una nueva multa o clausura”, explicó el funcionario.
Según detalló el titular de Turismo de Pueblo General Belgrano, Yari Colombo, “la documentación que se les está pidiendo a quienes tengan emprendimientos turísticos es la misma que exige la Ley Provincial desde hace muchos años. Hasta el momento, en Pueblo Belgrano, únicamente había un total de 14 complejos (de un total aproximado de 120 que existen en la ciudad) homologados por la Ley Provincial y que serían lo que estaban habilitados por el Ejecutivo Municipal”, sostuvo.
Colombo destacó que “lo que se está pidiendo es lo que la provincia ya requería a los alojamientos turísticos de toda la provincia. Se trata de inscripción en AFIP y en ATER, fotocopias de DNI del propietario, certificados de Sistema Contra Incendio, planos y certificado final de obras y Seguro de Responsabilidad Civil. Esta documentación la exige la ley provincial y desde el año pasado también la Ordenanza 043”.
En este marco, el funcionario aclaro que desde el Municipio “lo único que hace es habilitarlos para trabajar como alojamientos turísticos en el pueblo, pero no se define ni la actividad ni los categorizamos. Eso lo hace la provincia. Pero a su vez nosotros, además de darles la habilitación municipal, elevamos a la provincia una copia de esta documentación para que la provincia les de la Homologación”.
Mejorar la atención y la prestación
Sobre la finalidad de estas acciones, Colombo destacó que “en línea con lo que se pretende desde el Ministerio de Turismo de la Provincia, la Dirección de Turismo de Pueblo General Belgrano quiere mejorar la calidad de atención y prestación a los turistas y para esto es necesario tener registrados y controlados todos los lugares de alojamiento turístico que existen. Para la provincia también es necesario tenerlos registrados y categorizados, ya que esta categorización es la que permite la regulación de precios”.
En este marco, el funcionario indicó que “en la temporada pasada había un 10 por ciento de complejos regularizados ante la Ley Provincial y el municipio; y a partir de estas acciones pasamos a superar el 40 por ciento y esperamos que se llegue a un número aún mayor”.
La Ordenanza Nº 043 contempla además el cobro de una tasa municipal, la que aún deberá ser establecida por el Departamento de Rentas de la Municipalidad.
Actividad turística
El fin de semana pasado hubo en la vecina ciudad un 70 por ciento de ocupación, contabilizando de viernes a domingo.
Al respecto, el titular de Turismo afirmó que “lo que nos esta pasando este año es que la estadística de las reservas es casi el 50 por ciento de lo que luego es la ocupación efectiva. Se esta dando que la gente esta viniendo sin tener reservas previas y esto no sólo sucede acá sino que también está sucediendo en Gualeguaychú y en el resto de las ciudades turísticas”.
“Antes las familias, parejas o grupos de amigos se tomaban quince días e iban a un sólo lado. Ahora salen más veces al año y en estadías más cortas”, señaló Colombo.
“Creemos que el porcentaje de ocupación va a ir subiendo a lo largo de enero para llegar a su pico máximo en febrero”, destacó.
DIARIO EL ARGENTINO mantendrá absoluta confidencialidad de los datos personales brindados por nuestros visitantes. Los servicios de información por correo electrónico que ofrecemos se realizan con el expreso consentimiento de los usuarios.
El mensaje enviado por el Usuario del Servicio y su contenido es de única y exclusiva responsabilidad civil y penal de quien lo envió y/o utilizó.
Este diario no garantiza la veracidad de los datos personales y/o contenidos de cada mensaje efectuados y/o publicados en los Servicios por el Usuario.
NO está permitido:
1. utilizar lenguaje vulgar /obsceno, discriminatorio y/u ofensivo o Está prohibido todo tipo de ataque personal contra Usuarios de los Servicios y/u otros terceros, mediante acoso, amenazas, insultos.
2. No está permitido avergonzar o hacer cualquier otra cosa no deseada a otro/s Usuario/s de los Servicios ni a otros terceros. No se permite todo acto contrario a las leyes, moral y buenas costumbres.
3. Está prohibido publicar mensajes agraviantes, difamatorios, calumniosos, injuriosos, falsos, discriminatorios, pornográficos, de contenido violento, insultantes, amenazantes, instigantes a conductas de contenido ilícito.
4. Está prohibido publicar mensajes que puedan afectar la sensibilidad del resto de los usuarios y/o de cualquier tercero.
5. Está prohibido citar material que constituya propiedad intelectual de terceros, sin mencionar su fuente o autor.
6. Está prohibido afirmar hechos de otros usuarios o terceros sin tener prueba concreta.-
Finalmente, los usuarios aceptan expresamente la remoción de cualquier comentario publicado en el sitio, que viole el presente reglamento, todo ello no podrá ser considerado como un acto de censura."
